NORMAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La Norma General de Participación Ciudadana del Consejo de Rectores regula las modalidades formales y específicas en que las personas pueden participar e incidir en el desarrollo de los ciclos de gestión de las políticas públicas que son de competencia de este organismo público.
Norma Participación Ciudadana y Reglamento COSOC Vigente
Norma de Participación Ciudadana 2017
Norma de Participación Ciudadana 2015
Norma de Participación Ciudadana 2013
Norma de Participación Ciudadana 2011
MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Con fecha 16 de febrero de 2011, se publicó la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, que modificó la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, incorporando un título IV sobre Participación Ciudadana, el cual consagra y reconoce el derecho de las personas a participar en las políticas, planes, programas y acciones del Estado. Luego el Instructivo Presidencial N° 007 para la Participación Ciudadana, dictado el 06 de Agosto del 2014, entiende la participación ciudadana como un proceso de cooperación, mediante el cual el Estado y la ciudadanía identifican y deliberan conjuntamente acerca de problemas públicos y sus soluciones, con metodologías y herramientas que fomenten la creación de espacios de reflexión y diálogo colectivos, encaminados a la incorporación activa de la ciudadanía en el diseño y elaboración de las políticas públicas.
Los mecanismos de Participación Ciudadana constituyen procesos de corresponsabilidad social entre la ciudadanía y los órganos del Estado. Tienen la finalidad de fortalecer y mejorar la gestión pública, contribuyendo en este caso al más eficiente funcionamiento del Consejo de Rectores en el cumplimiento de sus políticas, planes, programas y acciones. Son mecanismos de Participación Ciudadana del Consejo de Rectores, los siguientes:
a) Acceso a Información Pública Relevante: Esta información referida al que hacer del Consejo de Rectores está disponible en sitio el sitio web www.consejoderectores.cl; redes sociales como Facebook y Canal Youtube
b) Consultas Ciudadanas: Se llevan a cabo anualmente, a través de ellas se solicita a la ciudadanía se pronuncie sobre temas específicos de especial interés para el Consejo de Rectores. La ciudadanía puede acceder a las materias de Consulta Ciudadana, a través de la web institucional www.consejoderectores.cl y responder una encuesta diseñada para este fin, cuyos resultados serán informados por la misma vía.
c) Consejo de la Sociedad Civil: Este Consejo será de carácter consultivo y autónomo, tendrá como objetivo acompañar los procesos de tomas de decisiones del Consejo de Rectores en todos los aspectos relacionados con sus políticas, planes, programas y acciones. Estará compuesto de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro relacionados con la educación superior del país. Su composición, así como su funcionamiento y facultades serán establecidos previamente mediante acto administrativo por el Consejo de Rectores. Actualmente este Consejo de encuentra en elaboración.
d) Cuentas Públicas Participativas: Estas cuentas se realizan anualmente con el objetivo de informar a la ciudadanía sobre la gestión realizada y recoger opiniones, comentarios, inquietudes y sugerencias sobre la misma, promoviendo el control ciudadano y la corresponsabilidad social. Sus resultados son debidamente publicados en la web institucional del CRUCH.
Cuenta Pública Participativa 2023-24
Cuenta Pública Participativa 2022
Cuenta Pública Participativa 2021
Cuenta Pública Participativa 2020
Cuenta Pública Participativa 2019
Cuenta Pública Participativa 2018
Cuenta Pública Participativa 2017
Cuenta Pública Participativa 2016
Cuenta Pública Participativa 2014
Cuenta Pública Participativa 2012
ANTECEDENTES
Con fecha 16 de febrero de 2011, se publicó la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, que modificó la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, incorporando un título IV sobre Participación Ciudadana, el cual consagra y reconoce el derecho de las personas a participar en las políticas, planes, programas y acciones del Estado. Luego el Instructivo Presidencial N° 007 para la Participación Ciudadana, dictado el 06 de Agosto del 2014, entiende la participación ciudadana como un proceso de cooperación, mediante el cual el Estado y la ciudadanía identifican y deliberan conjuntamente acerca de problemas públicos y sus soluciones, con metodologías y herramientas que fomenten la creación de espacios de reflexión y diálogo colectivos, encaminados a la incorporación activa de la ciudadanía en el diseño y elaboración de las políticas públicas.
Por ello, el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas en su calidad de organismo coordinador de la labor universitaria de la Nación, incorpora la participación ciudadana en su gestión pública basándose en los siguientes fundamentos:
- La Participación Como Derecho: La participación de las personas y organizaciones de la sociedad civil en el ciclo de vida de políticas públicas es un derecho que el Estado debe garantizar y promover.
- Derecho Ciudadano a la Información Pública: Las políticas públicas deben ser conocidas por la sociedad, especialmente por quienes son sus destinatarios, tanto en el acceso a la oferta de los servicios institucionales y garantías de protección social, como en el control y trasparencia de la función pública.
- Fortalecimiento de la Sociedad Civil: Las políticas públicas sectoriales deben incluir iniciativas concretas de fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil que corresponden a su ámbito programático, teniendo en cuenta criterios de equidad y descentralización.
-La Inclusión: La calidad participativa de las políticas públicas se encuentra comprometida con una sociedad libre de discriminaciones arbitrarias, lo cual requiere de medidas tendientes a un enfoque de derechos para la inclusión ciudadana.